EL GÉNERO COMO CATEGORÍA NORMATIVA: UNA EXPLICACIÓN EN SEDE DE LÓGICA DIFUSA

Por medio de la presente investigación, se pretende explicar cómo en temas de género y sexo las sociedades occidentales y orientales, a partir del siglo XVI, se vieron obligadas a adoptar e implementar social y jurídicamente el binarismo de género y sexo: femenino- masculino; hombre-mujer correspond...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Guerrero Sánchez, Juliana
Formato: Digital
Lenguaje:spa
Publicado: UNIVERSIDAD ANTONIO NARIÑO 2022
Materias:
Acceso en línea:https://revistas.uan.edu.co/index.php/escenariossociojuridicos/article/view/1323
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Descripción
Sumario:Por medio de la presente investigación, se pretende explicar cómo en temas de género y sexo las sociedades occidentales y orientales, a partir del siglo XVI, se vieron obligadas a adoptar e implementar social y jurídicamente el binarismo de género y sexo: femenino- masculino; hombre-mujer correspondiendo al principio de bivalencia de la lógica clásica que ha sido el presupuesto bajo el cual la mayoría de ordenamientos jurídicos con tradición occidental han formulado las diferentes reglas jurídicas. Ello, ha generado la categorización de las personas en dos tipos de género, sin oportunidad de inclusión a géneros disidentes. Es por esto, que a partir de otros principios de la lógica clásica como el tercero excluido y luego del tercero incluido el género va mutando con ellos y por tanto trasgrediendo la naturaleza de esos silogismos que se encuentran en vilo desde el surgimiento de los movimientos LGBTIQ+ y sus identidades que proclaman por la reivindicación social y jurídica. Un tipo de lógica multivaluada (lógica difusa) pretende con los extremos del binarismo dar a las minorías un grado de pertenencia dentro del ordenamiento jurídico. Es de aclarar, que los aportes de estos tipos de lógica no son suficientes para la creación e implementación de leyes inclusivas y reivindicatorias, pero sí, se convierte en un referente para futuras construcciones jurídicas que se adapten a los cambios sociales sin necesidad de recurrir a los principios clásicos de la lógica jurídica actual.
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